Micelio

Artículo 89

Decreto 2252 de 1995 · por el cual se desarrollan la estructura orgánica y las funciones de la Policía Nacional y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

División de Comunicaciones y Electrónica. Son funciones de la División de Comunicaciones y Electrónica, las siguientes

1.

Dirigir, controlar y supervisar la ejecución de planes y programas de comunicaciones.

2.

Recomendar a la Dirección Administrativa y Financiera la política, los planes, el anteproyecto de presupuesto y los programas de renovación, distribución y adquisición del material para el mantenimiento y ampliación de las redes de comunicación de los diferentes sistemas.

3.

Elaborar y ejecutar planes para le reparación, mantenimiento y seguridad de los equipos de comunicaciones.

4.

Disponer el suministro y distribución de equipos, accesorios y repuestos de comunicaciones.

5.

Asesorar y responder por la instalación, adquisición y remate de elementos de comunicaciones.

6.

Elaborar sistemas de control y conservación de equipos y elementos de comunicaciones policiales, verificando su cumplimiento.

7.

Llevar archivo nacional sistematizado sobre bienes y elementos de la Policía Nacional correspondientes a su área.

8.

Las demás que le determine la ley y los reglamentos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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