En la forma indicada en el capítulo que precede para obtener un dictamen pericial, se procederá cuando quiera ejercitarse la acción sobre reducción de hipoteca, de intereses o de pena, o cuando sin ser en el curso de un juicio, se quiera la fijación de intereses corrientes, medios o más altos del comercio.
Publicación de testamentos nuncupativos.