° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto, vigente: MINISTERIO DE GOBIERNO CAPITULO 17. Del artículo 141. Para material, titiles de escritorio, dotación de laboratorios y demás gastos de la Oficina Central de Medicina Legal y de las Oficinas Centrales de Medicina Legal de los Departamentos e Intendencia del Chocó $ 10.000.00 Suman los contracréditos $ 10.000.00 CAPITULO 10. Al artículo 68-A. Para compra de útiles de escritorio, muebles, enseres de oficina, reparación de los mismos, gastos de aseo e higiene, servicio de acueducto de locales de fuera de la ciudad, arrendamientos, servicio telefónico y otros, gastos de los Juzgados de Instrucción del Cuerpo Auxiliar del Organo Judicial, en el año $6.000.00 Al artículo 68-B. Para útiles de escritorio, máquinas de escribir, muebles, enseres y otros gastos de los Juzgados de Instrucción Criminal creados por el artículo 30 de la Ley 4 de 1943 2.240.00. CAPITULO 12. Al artículo 74. Para sueldos del personal de los Juzgados de Menores 1.760.00 Suman los créditos $ 10.000.00
Decreto 1991 de 1943 →Vigente
Artículo 1
Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto, Vigente: Ministerio De Gobierno Capitulo 17
Decreto 1991 de 1943 · Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Ministerio de Gobierno)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.