Micelio

Artículo 1

° Hácese El Siguiente Traslado En El Presupuesto Del Ministerio De Relaciones Exteriores Capitulo 21 Convenciones Internacionales Y Demarcación De Límites

Decreto 1105 de 1937 · Por el cual se hacen unos traslados en el presupuesto vigente

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Hácese el siguiente traslado en el presupuesto del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES CAPITULO 21 Convenciones internacionales y demarcación de límites. Del artículo 81. Para pagar los sueldos del personal y gastos de la Comisión creada por el artículo 6° del Protocolo de Río de Janeiro, de 24 de mayo de 1934, entre Colombia y el Perú, $ 10,000.00 Al artículo 86. Para gastos extraordinarios e imprevistos del Ministerio y para atender al pago de medios sueldos, por enfermedad comprobada 10,000.00 Sumas iguales $ 10,000.00 10,000.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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