Micelio

Artículo 28

-A

Decreto 596 de 1951 · Por el cual se abre un crédito adicional al Presupuesto vigente (Ministerio de Gobierno)

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. Con base en el nuevo recurso fiscal de que trata el punto anterior, ábrese el siguiente crédito adicional extraordinario al Presupuesto de Gastos vigente: MINISTERIO DE GOBIERNO Capítulo 3º Al artículo 28-A. Para dar cumplimiento al Decreto legislativo número 595 de 1951 (marzo 13) sobre damnificados por disturbios en distintos lugares del país y refugiados en los Municipios de Villavicencio y Sogamoso, a razón de $ 20.000.00, por cada una de estas ciudades $ 40.000.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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