A Partir del primero (1°) de diciembre de 1954, queda suprimido el Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales, creado por la Ley 29 de 1931, y por el Decreto número 1695 de 1931.
Decreto 3129 de 1954 →Vigente
Artículo 1
Decreto 3129 de 1954 · por el cual se provee al cumplimiento de lo ordenado en el artículo 3° de la Ley 17 de 1953 en el contrato celebrado por el Gobierno Nacional con el Banco Interamericano de Reconstrucción y Fomento, aprobado por la misma Ley.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.