Micelio

Artículo 5

Establécese En El Ministerio De Instrucción Pública La Oficina De Almacén De Textos Y Útiles De Enseñanza, Con El Siguiente Personal De Empleados Y Sueldos, Que Se Imputarán Así: Capitulo 59 Artículo 369 C

Decreto 922 de 1910 · Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre servicio de instrucción pública

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Establécese en el Ministerio de Instrucción Pública la Oficina de Almacén de textos y útiles de enseñanza, con el siguiente personal de empleados y sueldos, que se imputarán así: CAPITULO 59 Artículo 369 C. un Guardaalmacén, con $ 100 mensuales. Un Ayudante, con $ 60 mensuales. Un Portero empacador, con $ 20 mensuales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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