Micelio

Artículo 36

Modifíquese El Inciso Cuarto Y Adiciónese Un Parágrafo Al Artículo 154 Del Decreto 390 De 2016, Los Cuales Quedarán Así: “esta Resolución Debe Ser Presentada Como Documento Soporte De La Declaración Aduanera De Importación”

Decreto 349 de 2018 · por el cual se modifican los Decretos 2685 de 1999 y 390 de 2016 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Modifíquese el inciso cuarto y adiciónese un

Parágrafo

al artículo 154 del Decreto 390 de 2016, los cuales quedarán así: “Esta resolución debe ser presentada como documento soporte de la declaración aduanera de importación” . “

Parágrafo

También podrá ser documento soporte de la declaración aduanera de importación la solicitud de clasificación presentada antes de la presentación y aceptación de la declaración aduanera de importación. Una vez en firme la resolución de clasificación arancelaria de la unidad funcional, el declarante, dentro del mes siguiente deberá corregir la declaración aduanera de importación en el caso que la subpartida declarada sea diferente a la establecida en dicha resolución, teniendo en cuenta además los equipos o máquinas que no hagan parte de la unidad funcional, para lo cual deberá también presentar las declaraciones aduaneras del caso, subsanando los requisitos que se deriven de la nueva subpartida arancelaria, pagando los derechos e impuestos a la importación, y la sanción que corresponda. Para efectos del control posterior, el declarante está obligado a presentar ante la Subdirección de Gestión de Fiscalización Aduanera de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), dentro del mes siguiente a la autorización de retiro de la última declaración aduanera de importación, un informe que contenga la relación de las declaraciones aduaneras de importación que fueron soportadas con la solicitud de clasificación arancelaria de unidad funcional, sin perjuicio de la sanción prevista en este decreto. En los eventos en que haya lugar a la corrección de las declaraciones aduaneras de importación iniciales, por efecto de la expedición de la resolución de clasificación arancelaria de la unidad funcional, se deberá reportar del hecho a la Subdirección de Gestión de Fiscalización Aduanera de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), dentro del mes siguiente a la última declaración de corrección presentada”.

Parágrafo

Artículo 154 DECRETO 390 de 2016 Adiciona parcialmente (un

Parágrafo

Artículo 154 DECRETO 390 de 2016

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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