Micelio

Artículo 2

Poder Ejecutivo Nacional.-Bogotá,

Ley 8 de 1880 · Que reconoce un derecho

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 2.° La cantidad necesaria para dar cumplimiento al artículo anterior, se tendrá como incluida en el Presupuesto de gastos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 8 de 1880