Micelio

Artículo 2

Rentas Ocasionales

Ley 9 de 1958 · Por la cual se decretan unos auxilios y se abren unos créditos adicionales al Presupuesto para la vigencia fiscal de 1958. (Ministerios de Gobierno, de Salud Pública, de Educación Nacional, de Obras Públicas, y Departamento de Contraloría)

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo Segundo . Adiciónanse los computas líquidos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1958, con la cantidad de doce millones cuatro mil novecientos un pesos con cuarenta centavos ($12.004901.47), moneda corriente, que debidamente certificada por el Contralor General de la República se incorpora con imputación a los numerales siguientes:

Rentas Ocasionales

(Certificado número 45, de julio de 1958, del Contralor General-Saldo).

Recursos del balance del Tesoro

Recursos del Crédito

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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