Art. 3.º Fíjase como base para el arrendamiento anual de la Renta la suma de cuatro mil pesos en oro por toda la Intendencia, pudiendo subdividirse en Municipios, así: Oro. Villavicencio y Cumaral $ 1,200 Medina, Cabuyaro y San Pedro de Arimena 1,200 San Martín, Jiramena y San Juan de Arama 1,000 Uribe y Las Mesetas. 600
Decreto 59 de 1904 →Vigente
Artículo 3
Decreto 59 de 1904 · Por el cual se reglamenta la producción y venta de licores alcohólicos destilados en la Intendencia Nacional de San Martín
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.