Micelio

Artículo 2

Ley 70 de 1948 · Por el cual se honra la memoria del doctor Néstor R. Bolaños

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Nación sufragará los gastos de enfermedad y hospitalización del mismo, en cumplimiento de la proposición número 123 de 1947, publicada en el número 35 de los Anales del año mencionado, y costeará un retrato al óleo del doctor Bolaños, el que será colocado en el salón de sesiones del honorable Consejo Municipal de Bolívar (Cauca), su ciudad natal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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