Micelio

Artículo 9

Ley 20 de 1905 · Por el cual se dictan varias disposiciones fiscales y de Contabilidad oficial y mercantil

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 9°. El aumento de sueldos de que trata el 2°. del Art. 19 de la Ley 11, sobre asignaciones de algunos empleados nacionales, se pagara en la siguiente forma, a juicio del Gobierno; 50 por 100 del 1o. de mayo en adelante y 50 por 100 del 1°. de septiembre en adelante.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 20 de 1905