Micelio

Artículo 8

º

Decreto 3049 de 1997 · por el cual se fijan los lugares y plazos para la presentación de las declaraciones tributarias y para el pago de los impuestos, anticipos y retenciones en la fuente y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Entidades no contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios que no deben presentar declaración de renta ni de ingresos y patrimonio. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 22 y 598 del Estatuto Tributario no son contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios y no deben presentar declaración de renta y complementarios, ni declaración de ingresos y patrimonio, por el año gravable 1997, las siguientes entidades

a)

La Nación, los departamentos, los municipios, el Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá, el Distrito Turístico y Cultural de Cartagena, el Distrito Turístico de Santa Marta, los territorios indígenas y las demás entidades territoriales;

b)

Las juntas de acción comunal y defensa civil, los sindicatos, las asociaciones de padres de familia y las juntas de copropietarios administradoras de edificios organizados en propiedad horizontal o de copropietarios de conjuntos residenciales. Las entidades señaladas en los literales anteriores, están obligadas a presentar declaraciones de retención en la fuente e impuesto sobre las ventas, cuando sea del caso.

Parágrafo

No están obligadas a presentar declaración del Impuesto sobre la Renta y Complementarios ni de ingresos y patrimonio los fondos de inversión de capital extranjero. Plazos para declarar y pagar el impuesto sobre la renta y anticipo

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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