Documentación única requerida. El Formulario Único de solicitud de autorización para el despliegue de redes e infraestructura de telecomunicaciones de que trata el artículo 2.2.30.9 del presente Título, deberá estar acompañado con la siguiente documentación:
Si falta alguno de los documentos dispuestos en el presente artículo, la entidad requerirá por una única vez al solicitante para que radique la documentación completa en los términos del artículo 17 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, o la norma que lo modifique, adicione o sustituya.
Para el caso de despliegue de redes fijas solo les resulta aplicable los requisitos únicos dispuestos en los numerales 4 y 7 del presente artículo.
Sin perjuicio de lo anterior, cuando resulte necesario en cumplimiento de una normativa vigente, adelantar el trámite de consulta previa.
TEXTO CORRESPONDIENTE A