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Artículo 3

Son Funciones De La Secretaria General: A) Asistir A La Gerencia General En Los Asuntos Relacionados Con La Administración General De La Empresa, Que Ésta Le Encomiende

Decreto 441 de 1987 · por el cual se aprueba el Acuerdo número 083 de 1987 (enero 16), dictado por la Junta Directiva de la Industria Militar.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Son funciones de la Secretaria General

a)

Asistir a la Gerencia General en los asuntos relacionados con la administración general de la Empresa, que ésta le encomiende.

b)

Preparar y tramitar en coordinación con la Oficina Jurídica los proyectos de Acuerdo y Resolución que deban ser sometidos a consideración de la Junta Directiva y de la Gerencia General.

c)

Ejercer las funciones de Secretaria de la Junta Directiva, refrendar los actos de ésta y del Gerente General y comunicar las decisiones pertinentes a las dependencias respectivas.

d)

Rendir a la Gerencia General informes sobre el desarrollo de las actividades de la dependencia y los especiales que le sean solicitados.

e)

Velar por el cumplimiento de las normas legales orgánicas de la Empresa.

f)

Expedir las certificaciones a que hubiere lugar, previo cumplimiento de los requisitos legales exigidos para el efecto, así como copia de los actos proferidos por la Junta Directiva o la Gerencia General.

g)

Dirigir y controlar la organización del archivo general de la Empresa y el manejo de la correspondencia.

h)

Autorizar la reproducción de los documentos que soliciten las diversas dependencias, velando por el correcto uso de este servicio.

i)

Coordinar las actividades de la Oficina Jurídica con el fin de emitir un concepto y asesoría para la Gerencia General.

j)

Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. De la Oficina Jurídica.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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