Micelio

Artículo 5

Ley 70 de 1981 · sobre Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos de los establecimientos públicos nacionales, para el año fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 1982.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Presupuesto de Rentas e Ingresos tendrá como base el principio de la universalidad. Por lo tanto los estimativos incluirán, sin excepción, el reconocimiento total de las rentas e ingresos provenientes de bienes, servicios o actividades propias de la entidad, las cesiones, las donaciones y todos los recursos financieros que reciba durante el año fiscal sin deducción alguna. En consecuencia, no podrán disponer de ingresos ni efectuar erogaciones que no estén incorporados en el presupuesto de la presente vigencia, de conformidad con el artículo 206 de la Constitución Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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