° La ejecución de obras y la celebración de actos que se programen para esta conmemoración, estarán a cargo de los respectivos Ministerios, de acuerdo con los proyectos que recomiende la Comisión Especial. De conformidad con el artículo 3° de la Ley 51 de 1967 los contratos que el Gobierno celebre solamente requerirán para su validez la aprobación del Consejo de Ministros; y su valor se cargará a la partida asignada en la distribución hecha por el Gobierno, conforme al artículo anterior.
Decreto 1080 de 1968 →Vigente
Artículo 5
La Ejecución De Obras Y La Celebración De Actos Que Se Programen Para Esta Conmemoración, Estarán A Cargo De Los Respectivos Ministerios, De Acuerdo Con Los Proyectos Que Recomiende La Comisión Especial
Decreto 1080 de 1968 · Por el cual se reglamenta la Ley 51 de 1967
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.