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Artículo 30

Funciones De La Dirección De Infraestructura Y Energía Sostenible

Decreto 3517 de 2009 · por el cual se modifica la estructura del Departamento Nacional de Planeación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Dirección de Infraestructura y Energía Sostenible. Son funciones de la Dirección de Infraestructura y Energía Sostenible, las siguientes

1.

Adelantar las acciones requeridas para el cumplimiento de las funciones del Departamento Nacional de Planeación en el ámbito de los sectores de transporte, telecomunicaciones, minas, hidrocarburos y energía, en coordinación con los organismos y entidades pertinentes.

2.

Formular documentos de política, en los temas de su competencia, que orienten las acciones del Gobierno hacia la articulación y coordinación de políticas públicas, con una visión de Estado en el largo plazo.

3.

Promover, orientar y participar en la formulación de políticas, planes, programas, estudios y proyectos de inversión en los sectores de su competencia, conjuntamente con los organismos y entidades pertinentes.

4.

Participar, en coordinación con la Dirección de Inversiones y Finanzas Públicas, en la programación, seguimiento y control del Presupuesto General de la Nación de los organismos y entidades públicas de la red institucional sectorial.

5.

Coordinar y evaluar la programación del presupuesto de inversión de los organismos y entidades públicas del orden nacional en los sectores de su competencia.

6.

Realizar el control posterior a la viabilidad de los proyectos de inversión que tengan relación con los temas de su competencia.

7.

Formular las metodologías, realizar el seguimiento, control y evaluación de la ejecución de las políticas en los sectores de su competencia.

8.

Promover, orientar y realizar el seguimiento, control y evaluación de la ejecución de las políticas, planes, programas, estudios y proyectos de inversión en los sectores de su competencia y recomendar las modificaciones y ajustes necesarios.

9.

Cooperar con los organismos y entidades pertinentes en la formulación y seguimiento de políticas relacionadas con transporte urbano, en cuanto a sistemas de transporte masivo y tráfico.

10.

Cooperar en el desarrollo de las políticas generales y la planeación de las estrategias para la regulación, inspección, vigilancia y control para la adecuada y eficiente prestación de los servicios públicos, en los sectores de su competencia.

11.

Apoyar un desarrollo regulatorio articulado con las estrategias de inspección, vigilancia y control de servicios públicos en los sectores de su competencia.

12.

Apoyar a los organismos responsables de la regulación de los sectores de su competencia.

13.

Promover y orientar la aplicación de indicadores que permitan identificar las necesidades de inversión pública en los sectores de su competencia, así como el impacto de las políticas, planes, programas y proyectos.

14.

Promover la preparación de normas, en coordinación con la Oficina Asesora Jurídica, sobre la organización, el funcionamiento y la gestión institucional requeridos para adelantar políticas, planes, programas y proyectos en los sectores y áreas de su competencia.

15.

Apoyar la estructuración de esquemas financieros para el desarrollo de los sectores de su competencia.

16.

Apoyar la estructuración, coordinación y ejecución de los procesos de participación privada en infraestructura.

17.

Apoyar la estructuración, coordinación y ejecución de los procesos de participación internacional en infraestructura.

18.

Coordinar la programación del presupuesto de inversión de las entidades adscritas y vinculadas a los sectores transporte, telecomunicaciones, minas, hidrocarburos y energía y emitir los conceptos técnicos de sus modificaciones cuando se requieran.

19.

Analizar, hacer seguimiento y evaluar los proyectos especiales de transporte masivo que cuenten con la participación financiera de la Nación.

20.

Realizar estudios sectoriales e investigaciones en temas de los sectores de su competencia.

21.

Participar en el diseño e implementación del Sistema de Evaluación de Gestión y Resultados de la administración en los temas de su competencia, en coordinación con la Dirección de Evaluación de Políticas Públicas.

22.

Participar y coordinar el diseño, seguimiento y evaluación de las políticas e instrumentos de promoción para el desarrollo de la ciencia, la tecnología, la innovación y la propiedad intelectual, en los sectores de su competencia, en coordinación con la Dirección de Desarrollo Empresarial.

23.

Presentar al Subdirector General las iniciativas de proyectos de inversión que considere convenientes para el cumplimiento de los objetivos misionales, en los temas de su competencia.

24.

Las demás que le sean asignadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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