FALTAS TEMPORALES: Son faltas temporales de los concejales:
La licencia;
La incapacidad física transitoria;
La suspensión del ejercicio del cargo a solicitud de la Procuraduría General de la Nación, como resultado de un proceso disciplinario;
La ausencia forzada e involuntaria;
La suspensión provisional de la elección, dispuesto por la Jurisdicción Contencioso -Administrativa;
La suspensión provisional del desempeño de sus funciones dentro de un proceso disciplinario o penal.