Criterios de priorización. Para realizar la selección de postulantes a los beneficios de que trata el artículo 2.2.13.12.3. del presente decreto, el tercero, persona natural o jurídica, podrá aplicar los siguientes criterios de priorización
1.
La edad del aspirante.
2.
Puntaje Sisbén o listado censal.
3.
Minusvalía o discapacidad física o mental del aspirante.