Los estatutos serán expedidos por la Junta Directiva y requieren.para su validez, lo mismo que sus reformas, la posterior aprobación del Gobierno Nacional.
El mayor poder decisorio de CORPAL, estará en su Junta Directiva. Esta procederá a la elección de un Gerente para períodos de dos (2) años, el cual podrá ser reelegido indefinidamente pero también podrá ser removido en cualquier momento, por causas expresamente fijadas en los estatutos.
En los estatutos se fijarán necesariamente las facultades que se reserva la Junta y las que delegue en el Gerente, así como las funciones que queden a cargo de cada una de las reparticiones que en aquel documento se establezcan, y de las agencias seccionales que la Junta quede autorizada para crear si lo estimare necesario.