°. En el distrito electoral de Bogotá cada elector votara en una sola papeleta por dos representantes principales y por lo cuatro suplentes.
Decreto 435 de 1909 →Vigente
Artículo 1
En El Distrito Electoral De Bogotá Cada Elector Votara En Una Sola Papeleta Por Dos Representantes Principales Y Por Lo Cuatro Suplentes
Decreto 435 de 1909 · Por el cual se dispone la manera de efectuar las votaciones para Representantes en el Distrito Electoral de Bogotá
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.