Micelio

Artículo 1

Las Normas Del Presente Decreto Se Aplican A Los Siguientes Funcionarios: 1

Decreto 2399 de 1986 · por el cual se dictan normas para la importación de vehículos de propiedad de funcionarios del Servicio Exterior colombiano o de organismos internacionales de carácter intergubernamental.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Las normas del presente Decreto se aplican a los siguientes funcionarios

1.

Funcionarios con rango diplomático y consular;

2.

Funcionarios y técnicos al servicio del Banco Interamericano de Desarrollo en los términos previstos en el Convenio aprobado por la Ley 44 de 1968, y los funcionarios al servicio de organismos internacionales de carácter intergubernamental de los cuales Colombia forma parte, cuando hayan desempeñado en el exterior un cargo que tenga categoría o nivel profesional P - 4, P - 5, D - 1, D - 2, o superior a éstos;

3.

Funcionarios especializados adscritos a las misiones diplomáticas y consulares de la República;

4.

Quienes en los términos del artículo 10 de la Ley 1º de 1974, hayan desempeñado las funciones de auditores y sub - auditores de la Contraloría General de la República;

5.

Funcionarios administrativos que no tengan carácter de locales, adscritos a las misiones diplomáticas y consulares de la República;

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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