Art. 1°. El estudio de las materias que forman los cuatro primeros cursos de la Escuela de Ciencias naturales, es obligatorio para los alumnos que se matriculen en la Escuela de Medicina.
Decreto 18690403 de 1869 →Vigente
Artículo 1
Decreto 18690403 de 1869 · reformatorio dek decreto orgánico de la Universidad nacional.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.