Artículo primero. La Superintendencia de Sociedades Anónimas, fiscalizará el funcionamiento de la contabilidad de las Cámaras de Comercio, de acuerdo con las normas generales sobre la materia y sin perjuicio del control y fiscalización que sobre ellas ejerce el Ministerio de Fomento, en virtud de las disposiciones legales vigentes.
Decreto 1821 de 1954 →Vigente
Artículo 1
Decreto 1821 de 1954 · Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre Cámaras de Comercio
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.