Micelio

Artículo 17

Provisiones Para Pasivos

Decreto 1399 de 1990 · por el cual se regula la nueva vinculación laboral de empleados oficiales y trabajadores del sector salud en los casos de los artículos 16 y 22 de la Ley 10 de 1990.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Provisiones para pasivos. Mientras dura el período de transición previsto en el artículo 18 de la Ley 10 de 1990 y a partir de la vigencia de este Decreto, las entidades del sector salud harán las provisiones necesarias para pagar el pasivo prestacional de sus empleados en las cuantías y condiciones que fije la programación que para el efecto realice la Superintendencia Nacional de Salud.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1399 de 1990