De conformidad con el artículo 17 de la Ley 23 de 1962, el gerente, el administrador, el propietario o propietarios y el director responsable de los establecimientos farmacéuticos que fabriquen, distribuyan, despachen o vendan productos farmacéuticos, son solidariamente responsables civil o penalmente de la calidad, pureza y autenticidad de los productos que fabriquen, adquieran, distribuyan, despachen o vendan en el respectivo establecimiento.
Artículo 6
De Conformidad Con El Artículo 17 De La Ley 23 De 1962, El Gerente, El Administrador, El Propietario O Propietarios Y El Director Responsable De Los Establecimientos Farmacéuticos Que Fabriquen, Distribuyan, Despachen O Vendan Productos Farmacéuticos, Son Solidariamente Responsables Civil O Penalmente De La Calidad, Pureza Y Autenticidad De Los Productos Que Fabriquen, Adquieran, Distribuyan, Despachen O Vendan En El Respectivo Establecimiento
Decreto 713 de 1984 · Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 23 de 1962 y el Título VI de la Ley 09 de 1979, en cuanto a productos farmacéuticos fraudulentos y alterados
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.