Micelio

Artículo 6

De Conformidad Con El Artículo 17 De La Ley 23 De 1962, El Gerente, El Administrador, El Propietario O Propietarios Y El Director Responsable De Los Establecimientos Farmacéuticos Que Fabriquen, Distribuyan, Despachen O Vendan Productos Farmacéuticos, Son Solidariamente Responsables Civil O Penalmente De La Calidad, Pureza Y Autenticidad De Los Productos Que Fabriquen, Adquieran, Distribuyan, Despachen O Vendan En El Respectivo Establecimiento

Decreto 713 de 1984 · Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 23 de 1962 y el Título VI de la Ley 09 de 1979, en cuanto a productos farmacéuticos fraudulentos y alterados

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De conformidad con el artículo 17 de la Ley 23 de 1962, el gerente, el administrador, el propietario o propietarios y el director responsable de los establecimientos farmacéuticos que fabriquen, distribuyan, despachen o vendan productos farmacéuticos, son solidariamente responsables civil o penalmente de la calidad, pureza y autenticidad de los productos que fabriquen, adquieran, distribuyan, despachen o vendan en el respectivo establecimiento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 713 de 1984