Micelio

Artículo 6

De Conformidad Con El Artículo 17 De La Ley 23 De 1962, El Gerente, El Administrador, El Propietario O Propietarios Y El Director Responsable De Los Establecimientos Farmacéuticos Que Fabriquen, Distribuyan, Despachen O Vendan Productos Farmacéuticos, Son Solidariamente Responsables Civil O Penalmente De La Calidad, Pureza Y Autenticidad De Los Productos Que Fabriquen, Adquieran, Distribuyan, Despachen O Vendan En El Respectivo Establecimiento

Decreto 713 de 1984 · Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 23 de 1962 y el Título VI de la Ley 09 de 1979, en cuanto a productos farmacéuticos fraudulentos y alterados

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De conformidad con el artículo 17 de la Ley 23 de 1962, el gerente, el administrador, el propietario o propietarios y el director responsable de los establecimientos farmacéuticos que fabriquen, distribuyan, despachen o vendan productos farmacéuticos, son solidariamente responsables civil o penalmente de la calidad, pureza y autenticidad de los productos que fabriquen, adquieran, distribuyan, despachen o vendan en el respectivo establecimiento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 713 de 1984