Micelio

Artículo 1

Modificase La Planta De Personal De La Oficina De Registro De Instrumentos Públicos Del Círculo De Medellín, La Cual Quedará Así: Despacho Del Registrador

Decreto 154 de 1973 · Por el cual se aprueba la Resolución número 764 de fecha julio 7 de 1972, dictada por el Superintendente de Notariado y Registro

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Modificase la Planta de Personal de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos del Círculo de Medellín, la cual quedará así: Despacho del Registrador. No. Cargo, Clase Categoría Sueldo 1 Registrador $ 15.000.00 1 Secretario Mecanotaquígrafo II 16 2.100.00 1 Mensajero III 8 980.00 Oficina Jurídica. 1 Jefe de Oficina IV 26 5.450.00 6 Sustanciadores III 17 2.310.00 1 Secretario Mecanotaquígrafo II 16 2.100.00 2 Catalogadores (Canceladores de Embargos E Hipotecas) II 15 1.910.00 Sección de Certificaciones. 1 Jefe de Sección V 25 4.950.00 6 Sustanciadores (Certificadores). IV 19 2.790.00 14 Sustanciadores (Certificadores). III 17 2.310.00 12 Sustanciadores (Certificadores). II 15 1.910.00 1 Oficinista (Reproductor de sellos). II 11 1.310.00 1 Mensajero III 8 980.00 Sección de Inscripciones de Inmuebles 1 Jefe de Sección V 25 4.950.00 6 Sustanciadores (Asentadores). II 15 1.910.00 6 Catalogadores (Indizadores). I 13 1.580.00 1 Secretario Mecanotaquígrafo II 16 2.100.00 1 Archivero II 13 1.580.00 5 Archiveros I 11 1.310.00 1 Operador Máquina duplicadora III 13 1.580.00 1 Mensajero III 8 980.00 Sección Administrativa. 1 Jefe de Sección V 25 4.950.00 1 Jefe de Personal II 24 4.500.00 1 Contador (Pagador) IV 23 4.090.00 2 Liquidadores de Cuentas I 12 1.440.00 2 Oficinistas (Entrega de documentos) II 11 1.310.00 2 Secretarios Mecanógrafos (Radicadores) II 12 1.440.00 2 Cajeros V 16 2.100.00 2 Celadores III 9 1.080.00 1 Mensajero III 8 980.00 2 Aseadores III 7 890.00

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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