Artículo segundo. Las entidades asociadas precisarán en el acta de constitución de la sociedad, la clasificación y demás detalles previstos en el artículo 4° del Decreto 3130 1968.
Decreto 1283 de 1970 →Vigente
Artículo 4
Del Decreto 3130 1968
Decreto 1283 de 1970 · Por el cual se aprueba la constitución de una sociedad con participación de algunas entidades del Sector Agropecuario
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.