De la nomenclatura de empleos. La nomenclatura y clasificación de empleos públicos de la Defensoría del Pueblo, de que tratan las Leyes 24 de 1992 y 941 de 2005 y el Decreto 3564 de 2006 quedará así: NIVEL JERARQUICO Y DENOMINACION DEL EMPLEO CODIGO GRADO NIVEL DIRECTIVO Defensor del Pueblo 0010 Secretario General 0100 22 Defensor Delegado 0020 22 Director Nacional 0030 22 Defensor Regional 0040 21 Defensor Regional 0040 20 Veedor 0110 22 NIVEL ASESOR Secretario Privado 1010 21 Abogado Asesor 1020 19 Abogado Asesor 1020 18 Abogado Asesor 1020 17 NIVEL EJECUTIVO Subdirector de Servicios Administrativos 2010 21 Subdirector Financiero 2020 21 Jefe de Oficina 2100 20 Coordinador de Gestión del Talento Humano 2030 20 Coordinador de Unidad de la Dirección Nacional de Defensoría Pública 2110 20 NIVEL PROFESIONAL Analista de Sistemas 3010 15 Asistente Jurídico 3020 15 Pagador 3030 15 Profesional Administrativo y de Gestión de la Regional o Seccional 3040 19 Profesional Especializado 3100 19 Profesional Especializado 3100 18 Profesional Especializado 3100 17 Profesional Especializado en Criminalística 3120 18 Profesional Especializado en Investigación 3130 17 Profesional Universitario 3140 15 Profesional Universitario 3140 14 NIVEL TECNICO Almacenista 4010 12 Técnico Administrativo 4020 15 Técnico Administrativo 4020 11 Técnico en Criminalística 4100 15 Técnico en Presupuesto 4030 15 Técnico en Presupuesto 4030 11 NIVEL ADMINISTRATIVO Auxiliar 5010 07 Auxiliar Administrativo 5020 10 Auxiliar Administrativo 5020 06 Auxiliar de Mantenimiento 5030 06 Auxiliar de Servicios Generales 5040 04 Ayudante de Oficina 5050 04 Conductor 5060 06 Conductor Mecánico 5070 08 Dibujante 5120 08 Secretario 5080 10 Secretario 5080 09 Secretario 5080 08 Secretario 5080 07 Secretario Ejecutivo 5090 11
Decreto 384 de 2009 →Vigente
Artículo 11
De La Nomenclatura De Empleos
Decreto 384 de 2009 · por el cual se modifica el régimen de nomenclatura, clasificación y remuneración de empleos de la Defensoría del Pueblo y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.