Micelio

Artículo 2

Decreto 272 de 1975 · Por el cual se aprueba un Acuerdos del XXXIII Congreso Nacional de Cafeteros

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Fijase en la suma de novecientos nueve millones quinientos cincuenta y ocho mil seiscientos veinte pesos ($ 909.558.620) moneda corriente, el Presupuesto de Ingresos y Egresos de la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia para la vigencia de 1975, discriminados así: Ingresos

1.

Impuestos $ 130.894.560 2.Servicios prestados al Fondo Nacional del Café 387.805.786 3.Utilidad operación comercial 267.000.000 4.Por activos, ventas e inversiones 77.336.810 5. Intereses, comisiones prodesarrollo 46.521.464 Total ingresos $ 909.558.620 Egresos: 1. Gastos de administración $ 303.447.571

2.

Inversiones recuperables 2.610.075

3.

Inversiones no recuperables 10.080.000

4.

Transferencias 546.899.510 Para Comités Departamentales $ 499.399.510 Otras transferencias 47.500.000

5.

Funcionamiento prodesarrollo 46.521.464 Total egresos $ 909.558.620

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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