Funciones del Despacho del Viceministro General del Interior. Son funciones del Viceministro General del Interior, además de las establecidas en el artículo 62 de la Ley 489 de 1998, las siguientes: Liderar la formulación, adopción y seguimiento de las políticas públicas del Ministerio dirigidas a fortalecer las relaciones entre la Nación y las entidades territoriales y la gobernabilidad territorial; así como el orden público interno y la convivencia ciudadana. Liderar la formulación, adopción y seguimiento de las políticas públicas del Ministerio, dirigidas a fortalecer las relaciones del Gobierno nacional con la Rama Legislativa a través del impulso, seguimiento y control de la Agenda Legislativa del Gobierno nacional y las relativas a la democracia, la participación ciudadana, la acción comunal y la coordinación del control a la gestión misional de la entidad. Planear, coordinar, proponer políticas y trazar directrices, que orienten el marco político de un Estado Social de Derecho, la autonomía y gobernabilidad territorial, de acuerdo con los lineamientos del Ministro. Asistir al Ministro en la función de enlace, comunicación y coordinación entre las entidades públicas del orden nacional, del sector central y descentralizado, y los entes territoriales y sus entidades descentralizadas. Apoyar la elaboración de la planeación estratégica del Sector Administrativo, en los temas de su competencia. Coordinar y hacer seguimiento de las actividades de las direcciones del Ministerio adscritas a su despacho, para garantizar el cabal cumplimiento de sus funciones y de los planes, programas y proyectos del Ministerio. Apoyar la gestión estratégica del Fondo de Seguridad y Convivencia Ciudadana en cumplimiento de las disposiciones legales. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de la Gestión Institucional y la observancia de sus recomendaciones en el ámbito de sus competencias. Atender las peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia. Las demás funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Decreto 2893 de 2011 →Vigente
Artículo 17
Funciones Del Despacho Del Viceministro General Del Interior
Decreto 2893 de 2011 · por el cual se modifican los objetivos, la estructura orgánica y funciones del Ministerio del Interior y se integra el Sector Administrativo del Interior.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
modificado (verif_articulado: el artículo 17 del decreto ley 2893 de 2011, el cual quedará así) por decreto 1152/22 modificado por decreto 1152/22
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.