Micelio

Artículo 10

Decreto 2793 de 1955 · Por el cual se autoriza la emisión de Bonos Nacionales Consolidados, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las compañías de seguros establecidas o que se establezcan en el país, deberán invertir y mantener en "Bonos Nacionales Consolidados" el 3% de que trata el ordinal a) del artículo 1º del decreto número 1049 del 14 de abril de 1955.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2793 de 1955