° La comisión estudiará, además de otros temas que considere de interés, los siguientes: Capacidad y desarrollo de la Marina Mercante Nacional. Legislación vigente sobre protección a la Marina Mercante. Racionalización de los servicios que prestan las empresas colombianas de transporte marítimo internacional. Política internacional de Colombia en materia de transporte marítimo y problemas dentro de la Zona Andina y de Alalc. Incentivos para el desarrollo de la Marina Mercante Nacional. Coordinación de las entidades públicas que intervienen en actividades directa o indirectamente vinculadas con el transporte marítimo internacional. El transporte marítimo y el comercio exterior de Colombia.
Decreto 23 de 1973 →Vigente
Artículo 3
La Comisión Estudiará, Además De Otros Temas Que Considere De Interés, Los Siguientes: Capacidad Y Desarrollo De La Marina Mercante Nacional
Decreto 23 de 1973 · Por el cual se crea una comisión asesora del Gobierno Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.