Micelio

Artículo 6

Radio De Acción

Decreto 1556 de 1998 · por el cual se reglamenta la prestación del servicio público de transporte especial y de turismo.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Radio de acción . El radio de acción de las empresas de servicios especiales será de carácter urbano-zonas aledañas y el de turismo será de carácter nacional. La regulación, control y vigilancia de las empresas que se dediquen a la prestación de estos servicios estará a cargo del Ministerio de Transporte. CAPITULO III De la habilitación SECCION I Autoridades

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1556 de 1998