Destínase la suma de cincuenta mil pesos ($ 50,000) para auxiliar la construcción del templo católico de Buenaventura y de diez mil pesos ($ 10,000) para la construcción del cementerio, siempre que los lotes que ocupan actualmente la iglesia, la casa cural con sus dependencias y el antiguo cementerio, se cedan a la Nación para ampliar los servicios nacionales del puerto, recibiendo en cambio la Curia otros lotes más apropiados.
Ley 83 de 1928 →Vigente
Artículo 3
Ley 83 de 1928 · Por la cual se ordena la ejecución de unas obras de mejora y saneamiento del puerto de Buenaventura y se dan unas autorizaciones sobre obras públicas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.