Micelio

Artículo 14

Decreto 1100 de 2005 · Por el cual se ordena la realización de un censo, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE, deberá conservar, en medios electrónicos, y custodiar la información obtenida en el Censo General 2005 durante todo el tiempo que se considere útil. Las informaciones sobre nombres e identificación de viviendas y establecimientos se mantendrán encriptadas, y sólo podrán ser consultadas cuando se justifique debidamente. En todo caso, las consultas a estos archivos deberán ser registradas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1100 de 2005