Seguridad de la información y Seguridad Digital. Los actores que traten información en el marco del presente título deberán contar con una estrategia de seguridad y privacidad de la información, seguridad digital y continuidad de la prestación del servicio. en la cual, deberán hacer periódicamente una evaluación del riesgo de seguridad digital. que incluya una identificación de las mejoras a implementar en su Sistema de Administración del Riesgo Operativo. Para lo anterior, deben contar con normas. políticas. procedimientos. recursos técnicos, administrativos y humanos necesarios para gestionar efectivamente el riesgo. En ese sentido, deben adoptar los lineamientos para la gestión de la seguridad de la información y seguridad digital que emita el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
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LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 2.2.17.5.6. Obligaciones especiales de los operadores que presten servicios de carpeta ciudadana. Los operadores que presten servicios de carpeta ciudadana deberán cumplir las siguientes obligaciones especiales: 1. Disponer de una plataforma que permita al menos las siguientes funcionalidades: 1.1. Recibir documentos, comunicaciones y notificaciones electrónicas generadas por las entidades públicas o los particulares que ejercen funciones públicas. 1.2. Aportar documentos electrónicos a los trámites que se adelanten ante entidades públicas o ante particulares que ejercen funciones públicas. 1.3. Compartir documentos electrónicos con usuarios de servicios ciudadanos digitales. 1.4. Gestionar notificaciones y comunicaciones electrónicas de las entidades públicas o de los particulares que ejercen funciones públicas. 1.5. Almacenar, conservar, gestionar y firmar electrónicamente documentos de forma segura. 2. Permitir, previa aceptación de términos y condiciones de uso y una vez otorgada la autorización para el tratamiento de datos personales, el ingreso al servicio de carpeta ciudadana por parte de los usuarios mediante las credenciales de autenticación entregadas por el operador de autenticación con cédula digital y/o de autenticación electrónica. 3. Emitir certificaciones electrónicas a las entidades sobre el envío y recepción de comunicaciones y sobre las notificaciones electrónicas enviadas a la carpeta ciudadana. 4. Crear y mantener una base de datos con la información proporcionada por sus usuarios la cual deberá ser actualizada, compartida y sincronizada con el articulador. 5. Almacenar y custodiar los avisos de puesta a disposición de notificaciones en la carpeta ciudadana. 6. Gestionar los acuses de recibo de los usuarios y de entidades que notifican. 7. Mantener el registro de eventos de las notificaciones.
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