Las adjudicaciones, aportes, arrendamientos, concesiones y permisos se otorgarán en forma que asegure el derecho de los respectivos beneficiarios a explorar y a explotar todos los minerales que se encuentren en el correspondiente lote de terreno. Pero en el texto de las resoluciones que se expidan y de los contratos que se celebren se estipulara que las regalías, participaciones y beneficios adicionales se determinarán una vez que haya concluido la exploración técnica de toda el área, de acuerdo con las disposiciones pertinentes de este Decreto. En consecuencia, al terminar los trabajos exploratorios se establecerás las referidas condiciones en actos complementarios, sin los cuales no tendrán validez las resoluciones y contratos primitivos.
Decreto 292 de 1968 →Vigente
Artículo 27
Las Adjudicaciones, Aportes, Arrendamientos, Concesiones Y Permisos Se Otorgarán En Forma Que Asegure El Derecho De Los Respectivos Beneficiarios A Explorar Y A Explotar Todos Los Minerales Que Se Encuentren En El Correspondiente Lote De Terreno
Decreto 292 de 1968 · Por el cual se reglamenta la Ley 60 de 1967, y se dictan otras disposiciones relacionadas con la exploración y explotación de minerales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.