Micelio

Artículo 4

Decreto 2253 de 2015 · por el cual se modifica la estructura de la Agencia Colombiana para la Reintegración de Personas y Grupos Alzados en Armas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° . Oficina Asesora de Comunicaciones. La Oficina Asesora de Comunicaciones cumplirá las siguientes funciones

1.

Asesorar al Director General en la formulación de las políticas y estrategias de divulgación y promoción permanente acerca de los beneficios y servicios de la política de reintegración.

2.

Liderar y coordinar la estrategia de comunicaciones externa, interna e informativa de la Agencia Colombiana para la Reintegración de Personas y Grupos Alzados en Armas, para la divulgación de la información a nivel regional, nacional e internacional.

3.

Formular, ejecutar y evaluar el Plan Estratégico de Comunicaciones interna, externa e informativa de la entidad, en coordinación con las dependencias y los lineamientos fijados por la Dirección General.

4.

Apoyar al Director General y a las demás dependencias de la entidad en el manejo de medios.

5.

Preparar y gestionar la publicación en medios de comunicación, de la información generada por la Agencia Colombiana para la Reintegración de Personas y Grupos Alzados en Armas, de acuerdo con las directrices que imparta la Dirección General.

6.

Establecer y coordinar las relaciones con los medios de comunicación, para mantener espacios de divulgación hacia los ciudadanos, acerca del objeto de la Agencia Colombiana para la Reintegración de Personas y Grupos Alzados en Armas.

7.

Producir y emitir documentos, boletines y reportes periódicos internos y externos sobre las actividades desarrolladas por la entidad.

8.

Apoyar a las dependencias de la entidad en el diseño y desarrollo de estrategias, programas, planes y acciones de comunicación.

9.

Administrar y evaluar los medios de comunicación pública de la Agencia Colombiana para la Reintegración de Personas y Grupos Alzados en Armas y efectuar las recomendaciones a que haya lugar.

10.

Realizar el monitoreo y sistematización de la información que divulguen los medios de comunicación relacionados con la Política Nacional de Reintegración Social y Económica.

11.

Coordinar la implementación y ejecución de procedimientos para garantizar la oportuna y efectiva atención al usuario, derechos de peticiones, quejas, soluciones y sugerencias en cuanto a la prestación del servicio a nivel central y regional.

12.

Atender y resolver las consultas y peticiones relacionadas con los asuntos de su competencia.

13.

Promover y desarrollar la implementación, mantenimiento y mejora del Sistema Integrado de Gestión de la dependencia.

14.

Las demás que le sean asignadas, que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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