° Declárase de reserva nacional y apórtase a la Empresa Colombiana de Petróleos para que la explore, explote y administre directamente o en asociación con el capital público o privado, nacional o extranjero, el área comprendida por los siguientes linderos generales: "Se ha tomado como punto de partida el vértice geodésico "Vigía 752" del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, cuyas coordenadas geográficas son: Latitud 11° 16' 50" 526 al Norte del ecuador y longitud 74° 10' 20" 479 Oeste de Greenwich y cuyas coordenadas Gauss son: Norte 1.738.979.00 metros y Este 990.016.07 metros. De este vértice geodésico con un rumbo verdadero Norte y a una distancia de 86.000.00 metros hasta encontrar el punto "B" De este punto "B" con un rumbo verdadero N 45° 00' 00" E y a una distancia de 187.648.12 metros hasta encontrar el punto "C". De este punto "C" con un rumbo verdadero Este y a una distancia de 177.296.67 metros hasta encontrar el punto "D". De este punto "D" con un rumbo verdadero Sur y a una distancia de 107.000.00 metros hasta encontrar el punto "E". De este punto "E" con un rumbo verdadero Oeste y a una distancia de 41.852.34 metros hasta encontrar el punto "F" que corresponde al vértice geodésico "Jirijipana 643" del Instituto Geográfico Agustín Codazzi cuyas coordenadas geográficas son: Latitud 12° 16' 48" 239 Norte del ecuador, y longitud 71° 42' 31" 353 Oeste de Greenwich y cuyas coordenadas Gauss son: Norte 1.849.608.75 metros y Este 931.699, 14 metros con origen 3° al Este del Observatorio Astronómico nacional. Las coordenadas Gauss del vértice "Jirijipana 643" con origen en el Observatorio Astronómico Nacional son: Norte 1.850.666.26 metros y Este 1.258.147.66 metros. Estas coordenadas son aproximadas por estar el punto "Jirijipana 643" fuera del grado y medio que permite la proyección conforme de Gauss desde su origen, en este caso el Observatorio Astronómico Nacional según certificado expedido por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi. Del punto "F" con un rumbo verdadero S 56° 54' 41" 02 W y a una distancia de 205.088.67 metros hasta encontrar el punto "G" que corresponde al vértice geodésico "Dibulla 784" del Instituto Geográfico Agustín Codazzi cuyas coordenadas geográficas son: Latitud 11° 16' 37" 743 al Norte del ecuador. Longitud 73° 17' 25" 411 Oeste de Greenwich y cuyas coordenadas Gauss son: Norte 1.738.701.11 metros. Este 1.086.318.77 metros. De este punto "G" con un rumbo verdadero N 89° 50' 04" 81 W y a una distancia de 96.303.10 metros hasta encontrar el punto "A", punto de partida de la solicitud. La extensión del área solicitada es de 4 475.391 hectáreas con 5.220 metros cuadrados y está ubicada en la plataforma continental adyacente a los Departamentos de Guajira y Magdalena y en los Municipios de Uribia, Riohacha y Santa Marta. Este aporte incluye las posibles zonas intermedias menores de cuatro kilómetros de anchura que puedan quedar entre la zona alinderada anteriormente y áreas que no estén libres para contratar.
Artículo 1
Declárase De Reserva Nacional Y Apórtase A La Empresa Colombiana De Petróleos Para Que La Explore, Explote Y Administre Directamente O En Asociación Con El Capital Público O Privado, Nacional O Extranjero, El Área Comprendida Por Los Siguientes Linderos Generales: "se Ha Tomado Como Punto De Partida El Vértice Geodésico "vigía 752" Del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, Cuyas Coordenadas Geográficas Son: Latitud 11° 16' 50" 526 Al Norte Del Ecuador Y Longitud 74° 10' 20" 479 Oeste De Greenwich Y Cuyas Coordenadas Gauss Son: Norte 1
Decreto 704 de 1970 · Por el cual se aporta un área a la Empresa Colombiana de Petróleos
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.