Micelio

Artículo 66-2

Ley 2277 de 2022 · Por medio de la cual se adopta una reforma tributaria para la igualdad y la justicia social y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTÍCU LO 17°. Adiciónese el artículo 66-2 al Estatuto Tributario, el cual quedará así: ·

ARTÍCULO 66-2. DETERMINACIÓN DEL COSTO DE MANO DE OBRA EN EL CULTIVO DE PAPA. Para la determinación del costo en los cultivos de papa, se presume de derecho que el treinta por ciento (30%) del valor del ingreso gravado en cabeza del productor, en cada ejercicio gravable, corresponde a los costos y deducciones inherentes a la mano de obra.

El contribuyente podrá tomar dicho porcentaje como costo en su declaración del impuesto de renta y complementario acreditando únicamente el cumplimiento de los requisitos de causalidad y necesidad contenidos en el artículo 107 del Estatuto Tributario, los cuales se podrán acreditar a través de cualquier documento que resulte idóneo para ello.

La presente disposición.no exime al empleador del cumpli.;,ieto de todas las obligaciones laborales y de seguridad social.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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