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Artículo 1

Autorizase Al Ministerio De Comunicaciones Para Contratar Con La Imprenta Nacional El Resello De Las Especies Postales Que Se Indican A Continuación: Tres Millones Quinientas Mil (3

Decreto 102 de 1959 · Por el cual se ordena un resello de estampillas de correo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Autorizase al Ministerio de Comunicaciones para contratar con la Imprenta Nacional el resello de las especies postales que se indican a continuación: Tres millones quinientas mil (3.500.000) estampillas de correo extrarrápido de cinco centavos ($0.05), con motivo Virgen de Chiquinquirá, para correo ordinario, con el mismo valor. Seis millones (6.000.000) de estampillas de correo aéreo de veinticinco centavos ($0.25), con motivo Santuario de Las Lajas, para diez centavos ($0.10), correo ordinario. Dos millones (2.000.000) de estampillas de correo ordinario de cuatro centavos ($0.04), con motivo Departamento de Bolívar, para dos centavos ($0.02) correo ordinario. Dos millones (2.000.000) de estampillas de correo aéreo de sesenta centavos ($0.60) con el motivo Mono de la Pila, para cincuenta centavos ($0.50), correo aéreo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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