Decretase la construcción de las siguientes obras de defensa en el puerto de Tumaco:
Terminal Férreo, muelle, estación de pasajeros, muros de defensa, rellenos y hotel estación.
En los presupuestos de rentas y gastos de la vigencia próxima y las sucesivas se incluirán las partidas correspondientes hasta la terminación de las obras, de acuerdo con los planos y presupuestos elaborados por el consejo administrativo de los ferrocarriles nacionales.