Micelio

Artículo 1

º

Decreto 3883 de 1985 · Por medio del cual se dictan disposiciones reglamentarias enmateria de Impuestos sobre la Renta y Complementarios.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El porcentaje de que trata el artículo 74 del decreto reglamentario 187 de 1975, sobre deducción por concepto de la provisión individual para deudas de dudoso o difícil cobro, será del ciento por ciento (100%) del valor nominal de cada deuda con más de un año de vencida cuando se trate de entidades sujetas a la inspección y vigilancia de la Superintendencia Bancaria. Respecto de las demás entidades se mantendrá vigente el porcentaje indicado en la mencionada norma.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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