Micelio

Artículo 8

Decreto 363 de 1957 · Sobre ampliación de facultades del Instituto Zooprofiláctico Colombiano

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo octavo. El presente Decreto suspende las disposiciones que le sean contrarias, y regirá desde la fecha de su expedición. Comuniqúese y Cúmplase.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 363 de 1957