Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y tendrá una vigencia de un año, sin exceder el 31 de diciembre de 2011. Nota: Declarado Inexequible Decreto 130 de 2011, que modificó artículo 7 del Decreto 016 de 2011, mediante sentencia C-252 de 2011.Se reincorpora texto original Decreto 016 de 2011.
Decreto 16 de 2011 →Inexequible
Artículo 7
Vigencia
Decreto 16 de 2011 · por el cual se crea la figura del “empleo de emergencia” para los damnificados por la emergencia económica, social y ecológica declarada por el Decreto 4580 de 2010.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.