º . Hácense .los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos del Fondo Vial Nacional para la vigencia fiscal de 1980: Contracréditos PROGRAMA 05 Plan de recuperación de vías pavimentadas Artículo 05 Recuperación de vías pavimentadas. Contrapartida BIRF-1471-CO. Proyecto 15 Riofrio-La Ye $ 15.000.000 PROGRAMA 07 Estudios, construcción, reconstrucción y pavimentación de carreteras troncales Artículo 08 Troncal Central Proyecto 3 Mocoa-Pitalito $ 13.700.000 PROGRAMA 08 Estudios, construcción, reconstrucción y pavimentación de carreteras troncales transversales Artículo 15 Transversal Buenaventura-Bogotá Proyecto 2 Bogotá-Chusacá. $ 20.000.000. Suman los Contracréditos $ 48.700.003 Créditos PROGRAMA 02 Estudios, construcción y reconstrucción de puentes Artículo 02 Estudios, construcción y reconstrucción de puentes. Proyecto 48 Puente Rio Lejos $ 2.300.000 PROGRAMA 04 Plan de pavimentación de carreteras nacionales Artículo 04 Plan de Pavimentación Nacional. Proyecto 7 Armero-Líbano $ 26.900.000 PROGRAMA 06 Construcción y reconstrucción de accesos a ciudades y obras civiles Artículo 06 Accesos a ciudades y obras civiles . Proyecto 54 Avenida del Río en Santa Marta y accesos a Mamatoco $ 18.000.000 Proyecto 71 Accesos a Pamplonita $ 1500 000 Suman los créditos $ 48.700.000
Decreto 2869 de 1980 →Vigente
Artículo 1
Decreto 2869 de 1980 · Por el cual se declaran sobrantes unos saldos de apropiación en el Presupuesto de Gastos del Fondo Vial Nacional de la vigencia fiscal de 1980, se adicionan unas apropiaciones y se abren unos créditos adicionales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.