º. Subdirección de servicios de salud. Son funciones de la Subdirección de Servicios de Salud
Asesorar a la Dirección General de Sanidad Militar en la formulación de políticas, planes y programas para la prestación del servicio de salud por parte de las Fuerzas Militares:
Organizar y coordinar con las Direcciones de Sanidad de las Fuerzas, la implementación del Subsistema de Salud de las Fuerzas Militares, de acuerdo con los niveles de atención y grados de complejidad;
Proyectar los niveles de atención, de acuerdo con el Plan de Desarrollo Hospitalario;
Proponer estrategias de desarrollo de los servicios de salud a nivel regional, teniendo en cuenta los niveles de atención y grados de complejidad;
Establecer mecanismos para la integración de las actividades de promoción, prevención y rehabilitación como estrategia tendiente a la efectividad;
Diseñar la Red de Servicios y Hospitalaria y el Plan de Rehabilitación Militar, de acuerdo con los parámetros establecidos por la Dirección General de Sanidad Militar;
Diseñar los procedimientos que aseguren que en los establecimientos de salud de las Fuerzas Militares se apliquen las normas técnicas, científicas y administrativas, así como los procedimientos y estándares sobre uso, productividad, eficiencia y eficacia fijados para el Subsistema de Salud de las Fuerzas Militares;
Reglamentar los programas docente-asistenciales y de investigación en los establecimientos de sanidad de las Fuerzas Militares, de conformidad con los convenios que se lleven a cabo;
Determinar y proponer a la Dirección General de Sanidad Militar el monto de las tarifas, internas y externas, de compra y venta de servicios de salud a particulares, para ser presentadas al CSSMP;
Diseñar los regímenes de Referencia y Contrarreferencia que la Dirección General de Sanidad Militar pondrá a consideración del CSSMP;
Diseñar, en coordinación con la Subdirección Técnica, el Plan de Servicios de Sanidad Militar, con sujeción a los recursos disponibles para la prestación del servicio de salud en el Subsistema de Salud de las Fuerzas Militares;
Establecer los procedimientos para la prestación del servicio de salud en el exterior para el afiliado y sus beneficiarios, cuando el afiliado en servicio activo se encuentre en comisión de servicios en el exterior o cuando requiera remisión; Il) Coordinar la implantación de los programas relacionados con la salud ocupacional para los usuarios del Subsistema de Salud de las Fuerzas Militares a través de la respectivas Fuerzas Militares;
Establecer y definir las normas y procedimientos que permitan la promoción y fomento de la salud, así como la prevención y control de enfermedades;
Coordinar con la Subdirección Administrativa y Financiera y la Subdirección Técnica la elaboración del anteproyecto de Inversión y Funcionamiento para el servicio de salud operacional y asistencial del Subsistema de Salud de las Fuerzas Militares, para someterlo a consideración de la Dirección General de Sanidad Militar; ñ) Diseñar las normas y procesos aplicables a los servicios de Salud en el Subsistema de Salud de las Fuerzas Militares;
Asesorar a las Fuerzas Militares en el diseño del programa de Medicina Laboral y Riesgos Profesionales, de acuerdo con los parámetros establecidos por la Dirección General de Sanidad Militar;
Diseñar y proponer los estudios técnicos que en materia de salud requiera la Dirección General de Sanidad Militar;
Fijar los criterios para que la Dirección General de Sanidad Militar acredite la creación de unidades asistenciales;
Implementar el servicio de atención al cliente, en lo relacionado con el servicio de Salud, en la Dirección General de Sanidad Militar;
Asesorar, capacitar y supervisar a las Direcciones de Sanidad de cada una de las Fuerzas Militares en lo relacionado con la atención humanizada al paciente;
Organizar y coordinar con la Dirección de Sanidad de cada una de las Fuerzas Militares los programas de rehabilitación integral para los afiliados discapacitados, que garanticen además la capacitación requerida para integrarse en forma productiva a la sociedad;
Efectuar el seguimiento y control de la calidad del servicio prestado por las Direcciones de Sanidad de cada una de las Fuerzas Militares;
Establecer los procedimientos que permitan identificar las necesidades de equipo de los Establecimientos de Sanidad Militar y analizar las alternativas de cambio y renovación tecnológicas;
Implementar y fortalecer permanentemente el sistema de vigilancia epidemiológica e investigación en salud, teniendo en cuenta el registro, revisión, procesamiento, análisis, divulgación y generación de normas para la información;
Asistir a la Dirección General de Sanidad Militar en la implementación y administración de planes complementarios de salud, de conformidad con la normatividad vigente;
Supervisar el cumplimiento de las acciones necesarias para la prestación oportuna y eficiente de los servicios de salud en operaciones de combate, casos de urgencias, riesgos catastróficos y accidentes de tránsito;
Las demás funciones que le sean asignadas por la Dirección General de Sanidad Militar.